SEGURO DE

VIDA COLECTIVO

Es un seguro colectivo que cubre en caso de fallecimiento e invalidez. La indemnización se entrega al Beneficiario designado por la persona o en su defecto a los Herederos legales.

COBERTURAS

  • Fallecimiento (muerte natural)
  • Muerte Accidental
  • Invalidez total o parcial
  • Desmembramiento
  • Gastos por sepelio

CONTRATANTE Y ASEGURADO

El Contratante de la póliza es la entidad jurídica que tiene el vínculo con el grupo de asegurados. Generalmente es el empleador (empresa), una asociación de funcionarios, un gremio o un sindicato.

Los Asegurados son quienes pertenecen al colectivo como: trabajadores, funcionarios, miembros de un sindicato, entre otros.

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Seguro de Accidentes Personales

Seguro Complementario de Salud

Seguro de Asiento de Pasajeros

Seguro de Vida para Guardias DS93